Los empleados públicos son personas que prestan servicios a la nación, se vinculan mediante un acto administrativo de posesión, presidentes, senadores y voto popular.
Trabajadores oficiales. Vinculadas por un contrato de trabajo, construcción y mantenimiento de obras publicas, o prestan servicios a las organizaciones.
Los empleados públicos están sometidos a un conjunto de normas que determinan funciones, prohibiciones, deberes y derechos, por el contrario los trabajadores obedecen a las normas estipuladas en el contrato.
El trabajador agota la reclamación administrativa por medio de las apelaciones.
Un trabajador emigrante laborara bajo las normas del país en que se encuentra.
Legislación Laboral
martes, 13 de junio de 2017
Leyes
Ley 29 de 1905 : Pensión de igualación
Ley 57 de 1915 : Accidentes de trabajo
Ley 46 de 1918 : Habitación para los obreros
Ley 78 de 1919 : Derecho a la huelga.
Constitución política de Colombia, articulo 17, acto legislativo #1 de 1936.
Decretos 2663 y 3742 código sustantivo del trabajo 1950, presidente Mariano Ospina Perez.
Ley 141 sobre la legislación del trabajo 1961
Ley 57 de 1915 : Accidentes de trabajo
Ley 46 de 1918 : Habitación para los obreros
Ley 78 de 1919 : Derecho a la huelga.
Constitución política de Colombia, articulo 17, acto legislativo #1 de 1936.
Decretos 2663 y 3742 código sustantivo del trabajo 1950, presidente Mariano Ospina Perez.
Ley 141 sobre la legislación del trabajo 1961
Origen de lo derechos sociales
Relación de trabajo
aplicación
Seguridad social integral
Origen de la legislacion laboral y campo de aplicacion
En la epoca de la conquista y la colonia los españoles impusieron ordenes y decretos. Estas fueron recopiladas en el mandato de Carlos II de España. Con el nombre de legislacion andina.
Esta situacion se cristalizo el 1 de enero de 1852 siendo presidente Jose Hilario Lopez.
lunes, 15 de mayo de 2017
Principios y deberes fundamentales en el trabajo
Los principios por consiguientes son
mandatos de optimizacion que se caracterizan porque pueden ser cumplidos en
diversos grados y además de que no solo depende de las posibilidades fácticas
si no también de las posibilidades jurídicas.
Aquí los principios del trabajo:
Principio de libertad de trabajo:
En este principio se da la posibilidad que
los trabajadores desempeñen en la actividad laboral y que a su libre albedrio
escoja desempeñar. Este principio muchas veces se encuentra limitado, es decir
no existe demanda laboral para cada profesión, en este caso la corte constitucional
indico:
“En el caso específico en que se crea una
profesión y a ella se le impone como requisito para su ejercicio obtener un
título de idoneidad, el Estado debe ofrecer las garantías y los medios
necesarios para que quien termine la profesión de que se trate pueda ejercerla
libremente.”
Principio de la obligatoriedad del trabajo
En este se encuentra el pilar de la
colaboración que deba existir entre los miembros de una sociedad para llegar a un desarrollo
competitivo y a su vez mantener un equilibrio social acorde con las necesidades
de los ciudadanos, esto implica el esfuerzo de aporte del individuo en su labor
como una obligación social adquirida en pro de la comunidad.
Principio de la protección del trabajo:
Este principio como la garantía ofrecida
por el estado a fin de salva guardar el desarrollo del trabajo. Existen unas
garantías dentro de las cuales encontramos “prestar a los trabajadores una
debida y oportuna protección para la garantía y eficacia de sus derechos”.
Principio de igualdad de derechos:
En desarrollo de este principio debemos
recordar todas las personas nacen libres e iguales ante la ley. Ahora en el
ámbito laboral se erige que todos los trabajadores deben ser tratados con las
mismas normas y garantías, sin que existan preferencias o beneficios de unos
frente a otros.
Principios de irrenunciabilidad de
beneficios mínimos, y mínimo de derechos y garantías:
Lo que refiere al mínimo de derechos y
garantías señala que todas y cada una de las disposiciones del ordenamiento
laboral se dirigen a garantizar al trabajador “un mínimo de derechos y
garantías”, de acuerdo con lo cual es claro que, cualquier pacto en contrario
será nulo, careciendo así, de toda validez.
La capacitación, el adiestramiento y el
descanso necesario:
El artículo 54 de la Carta fundamental
erige como obligación del estado y de los colaboradores ofrecer formación y disposición
profesional y técnica a quienes lo requieren, además de que deben propiciar la
ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y debe garantizarse a las
personas con discapacidad el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de
salud.
IRRENUNCIABILIDAD
IRRENUNCIABILIDAD:
El principio de Irrenunciabilidad de los beneficios laborales se apoya en el mejoramiento constante de los niveles de vida del trabajador.
El principio de Irrenunciabilidad de los beneficios laborales se apoya en el mejoramiento constante de los niveles de vida del trabajador.
CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA.
CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA:
La condición más beneficiosa sostiene que en el momento en el que a un colaborador se le cambie su régimen laboral solo será validado en caso de que el mismo resulte beneficiado.
La condición más beneficiosa sostiene que en el momento en el que a un colaborador se le cambie su régimen laboral solo será validado en caso de que el mismo resulte beneficiado.
PRINCIPIO DE ESTABILIDAD
PRINCIPIO DE ESTABILIDAD:
El principio de estabilidad está consagrado en los artículos 53 y 125 de la constitución. Tiene como función velar por la protección del trabajador, garantizar su sustento vital y la trascendencia del individuo en la sociedad por medio de trabajo. Mientras que el empleado cumpla su labor no será removido de su trabajo.
Fuero de maternidad.
Fuero circunstancial.
Fuero por discapacidad.
El principio de estabilidad está consagrado en los artículos 53 y 125 de la constitución. Tiene como función velar por la protección del trabajador, garantizar su sustento vital y la trascendencia del individuo en la sociedad por medio de trabajo. Mientras que el empleado cumpla su labor no será removido de su trabajo.
EJEMPLOS DEL PRINCIPIO DE ESTABILIDAD:
Fuero sindical.Fuero de maternidad.
Fuero circunstancial.
Fuero por discapacidad.
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